Su Crédito
    

¿CONOCE USTED SUS DERECHOS ANTE EL CREDIT BUREAU?

 Probablemente usted ha oído hablar de los "Credit Bureaus" o Agencias de Información de Crédito.  Estas agencias son las que guardan información sobre el historial de crédito de los consumidores y se la proveen a los acreedores.

Esto quiere decir que, cuando se solicita un crédito, el acreedor evaluará primero la información que el "Credit Bureau" contenga.  Dependiendo de lo que surja en este historial, su  solicitud podrá ser aprobada o denegada.

Los "Credit Bureaus" están sujetos a las disposiciones de la Ley Federal sobre Justa Información de Crédito.  Esta Ley protege su derecho a conocer qué contiene ese historial de crédito.

Si su solicitud de crédito fue denegada debido a la información ofrecida por el "Credit Bureau", esta agencia tiene la obligación de proveerle a usted dicha información sin costo alguno.  Pero tiene que solicitarla dentro de los 30 días de la notificación de la denegación.  La agencia tiene, también, que proporcionarle el servicio de algún técnico para interpretar dicha información.

Si usted desea saber qué contiene su historial, pero no lo motiva una denegación de crédito, puede también hacer la solicitud.  Sólo que, en ese caso, le cobrarán una suma pequeña para los servicios.

Acceso a Informes

Los "Credit Bureaus" son compañías que recopilan y venden información, no sólo a acreedores, sino también a patronos y otros negocios.

La información contenida en su historial de crédito sólo puede ser entregada a personas autorizadas por ley y debidamente identificadas.

Esto puede hacerse mediante:


Fuera de esto, ninguna otra persona, amigo, familiar o vecino podrá obtener información.  Si esto ocurriera, constituiría un acto ilegal y, tanto el que solicitó la información, como el que la suministró,  puede enfrentarse a un caso cuya pena conlleva multa y/o prisión.

Además de la información sobre su crédito, los informes pueden incluir entrevistas a terceras personas sobre su carácter, reputación o forma de vida.  Si este tipo de investigación sobre su persona se va a realizar, usted tiene derecho a:


Usted no puede solicitar conocer la fuente de información.

La mayor parte de la información en su archivo o historial personal de crédito puede permanecer en éste por espacio de siete (7)  años.  Sin embargo, si usted se acogió a la Ley de Quiebra, el período se extiende a diez (10) años.  Transcurridos los siete (7) o diez (10) años, la información contenida en la Agencia no podrá ser revelada a menos que  usted sea investigado para una solicitud de crédito por cincuenta mil dólares ($50,000) o más, o para un empleo con un sueldo anual de veinte mil dólares ($20,000) o más.

En estos casos no se aplican los límites de  tiempo señalados para la difusión de información.

Información Incorrecta

Si, por error, su archivo personal contiene datos erróneos o de alguna persona con un nombre similar al suyo, usted tiene derecho a cuestionar dicho error.  La agencia, entonces, tiene la obligación de investigar y modificar o  retirar los datos incorrectos.  Cualquier dato pertinente que usted tenga relativo a un error, debe ser  entregado a la agencia.  Si la investigación no resuelve la controversia, o no le satisface, usted puede enviar una declaración de cien (100) palabras o menos explicando las razones por las cuales entiende que los datos son incorrectos.  La agencia tiene que incluir esta declaración en su historial.  También usted puede enviar una declaración de este tipo para explicar un período de falta de pagos causado por un problema como enfermedad  grave, desempleo o cualquier otro que terminó o redujo drásticamente su ingreso.  La agencia tiene que incluir esta declaración explicativa de los hechos en todo informe que emita sobre usted.  De usted solicitarlo, también deberá enviarle esta declaración a cualquiera que haya recibido un informe sobre usted en los últimos seis (6) meses.

Acción Legal

Cualquier agencia de información de crédito o cualquier  usuario de esta información que, voluntaria o negligentemente, no cumpla con la Ley Federal sobre Información de Crédito Justa, puede estar sujeto a una demanda legal por daños.  Si se probase culpabilidad, el Juez le puede imponer, además de los daños, los gastos judiciales y honorarios de abogado.  La acción debe iniciarse dentro de los dos (2) años de haberse cometido la violación de ley o dentro de los dos (2) años del descubrimiento de ésta  por el consumidor.



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